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La salud pública le falló a un niño autista: condenan a hospital por discriminación a menor con TEA

Un tribunal obliga al Hospital Regional de Arica a reformar su atención tras una grave vulneración de derechos.

Niños y adolescentes

Niños y adolescentes / Elva Etienne

El llanto de un niño puede ser muchas cosas: miedo, frustración, o simplemente una súplica silenciosa de ayuda. En Arica, el 8 de octubre de 2024, fue todo eso junto. Un niño de 9 años, diagnosticado con trastorno del espectro autista (TEA) severo, vivió una experiencia médica que no solo ignoró su condición, sino que dejó marcas que aún no cicatrizan. Su historia llegó a los tribunales, y hoy, un fallo del Segundo Juzgado de Letras de la ciudad ha escrito una página que obliga a mirar de frente cómo el sistema de salud trata —o no trata— a quienes más lo necesitan.

El hospital regional Dr. Juan Noé Crevani fue condenado por discriminación arbitraria. No por omisión administrativa ni por negligencia técnica, sino por no haber visto al niño como lo que era: un paciente con necesidades especiales que requería atención adaptada, empatía y humanidad. El médico a cargo, según el fallo, no solo habría calificado al menor con términos como “mañoso” o “consentido”, sino que también habría insistido en realizar el examen físico pese a la solicitud de la madre de postergar la consulta.

El tribunal, encabezado por el magistrado Gonzalo Quiroz Espinoza, fue claro: hubo falta de ajustes razonables, se vulneró la dignidad del menor y, en consecuencia, se incurrió en una discriminación prohibida por la Ley Nº20.609. El diagnóstico estaba sobre la mesa. La madre, presente. Las señales, a la vista. Y sin embargo, se procedió como si no hubiera nada distinto en atender a un niño neurodivergente en plena crisis emocional.

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Los testimonios recogidos en la causa, así como un informe psicológico posterior, describen un cuadro que va más allá del mal rato: trauma post atención, regresión conductual y evitación de futuras consultas médicas. El miedo, transformado en desconfianza, pasó a ser un nuevo obstáculo para acceder a la salud.

“Los derechos de los niños no se negocian”, suele decirse. El fallo lo reafirma, con lenguaje jurídico, pero también con un llamado de atención al sistema hospitalario: no basta con saber que un paciente tiene TEA; es deber del Estado —y de cada profesional— adaptar su actuar a esa realidad. No hacerlo, dictaminó el juez, es discriminar.

La sentencia ordena al hospital el pago de una multa de 50 UTM y, quizás más importante aún, lo obliga a implementar protocolos inclusivos para pacientes con TEA y condiciones similares. Se instruyó también capacitar al personal médico y administrativo, con énfasis especial en Pediatría y Nefrología, áreas donde el daño puede ser doble si no se actúa con cuidado.

Hay fallos que solo sancionan. Este, en cambio, busca reparar. Porque detrás de la letra seca de la ley, hay un niño que dejó de confiar, una madre que pidió ayuda sin ser oída y un sistema que deberá mirarse al espejo. Lo que ocurrió aquel día en Arica no puede volver a repetirse. Y si la justicia sirve de algo, es para que no se olvide.

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