¿Cómo funciona el reembolso a los candidatos presidenciales en Chile? Servel lo explica
Aunque el Estado financia parte de las campañas, no todos los candidatos ni todos los gastos califican para el reembolso.

8 de noviembre de 2024/SANTIAGO El Tribunal Certificador de Elecciones, Tricel, sigue con el recuento de los votos de alcalde de la comuna de Peñalolen. FOTO: SEBASTIAN BELTRAN GAETE / AGENCIUNO / Sebastian Beltran Gaete
A meses de la elección presidencial en Chile, vuelve al debate público un tema clave en cada periodo electoral: el reembolso que reciben los candidatos por sus gastos de campaña.
Aunque el mecanismo está regulado por ley y sujeto a fiscalización del Servicio Electoral (Servel), no está exento de desinformaciones que circulan con fuerza en redes sociales.
De acuerdo con la Ley 19.884, el Estado financia parcialmente las campañas políticas con el fin de generar mayor equidad entre candidaturas.
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Esto incluye el reembolso de gastos asociados a propaganda, transporte, arriendos, diseño gráfico, entre otros, siempre que estos cumplan una serie de requisitos y estén debidamente justificados.
¿Quiénes pueden acceder al reembolso electoral?
El sistema no funciona de manera automática. Para recibir el reembolso, la candidatura debe cumplir con los siguientes criterios:
- La cuenta de ingresos y gastos debe ser aprobada por el Servel.
- Los gastos presentados no pueden estar cubiertos por otras fuentes, como aportes propios, partidarios o créditos sin mandato.
- Solo se consideran boletas, facturas y pagos válidos ante el Servicio de Impuestos Internos.
- Los resultados de la elección deben estar debidamente calificados.
- El monto a reembolsar se calcula en base a la cantidad de votos obtenidos por cada candidato.
Según el reglamento vigente, los montos son:
- 0,04 UF por cada voto en primera vuelta.
- 0,01 UF por cada voto en segunda vuelta, si la hay.
- En el caso de parlamentarias, también se puede sumar un 0,01 UF adicional por cada voto.
Lo que no se puede reembolsar
No todos los gastos pueden incluirse en el presupuesto electoral. Existen ítems expresamente excluidos, como:
- Bebidas alcohólicas.
- Imagen personal (ropa, maquillaje, peluquería, joyas).
- Asesorías legales para defensa administrativa.
- Operativos sociales o de servicios (como veterinarios, dentales o peluquería comunitaria).
- Donaciones o regalos a organizaciones civiles.
Estos ítems no se consideran parte directa de una campaña y, por tanto, no son financiables con fondos públicos.
Lo que sí aplica y formas de reembolso
El reembolso puede concretarse de diferentes maneras, dependiendo de la estructura de financiamiento de cada candidatura:
- Pago a proveedores: el dinero se transfiere al candidato o partido para saldar deudas con proveedores de la campaña.
- Crédito con mandato de cobro: si se contrató un préstamo bancario para financiar la campaña, el reembolso va directo al banco.
- Cesión de derechos: cuando el partido asume gastos por cuenta del candidato, el reembolso va a la colectividad.
- Anticipo fiscal: se entrega antes del inicio de la campaña a partidos o candidatos independientes fuera de pacto, y se descuenta del total reembolsado al final del proceso.
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