Chocó en estado de ebriedad, mató a una persona y huyó sin prestar ayuda: el caso que terminó con una mujer condenada seis años de cárcel
El fatal choque de septiembre de 2023 en Machalí le costó la vida a un hombre en su triciclo. La justicia dictó sentencia con inhabilitaciones y comiso del vehículo.

Getty Imagen - Referencial / xijian
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a L.E.P.V a dos penas de 3 años y un día de presidio efectivo cada una, por su responsabilidad en un accidente de tránsito con resultado de muerte, ocurrido el 30 de septiembre de 2023, en la comuna de Machalí, Región de O’Higgins. La sentencia también contempla multas y diversas inhabilitaciones legales.
Los hechos ocurrieron cerca de las 07:00 horas, cuando Pulido Vela conducía en estado de ebriedad por avenida San Juan, en dirección oriente, y colisionó por la parte trasera a un vehículo triciclo tipo Torito, conducido por José Sánchez Arias, quien falleció en el lugar producto del impacto. Según constató la prueba respiratoria, la imputada registró 1,46 gramos de alcohol por litro de sangre.
Huyó del lugar sin prestar ayuda
Tras la colisión, la conductora no se detuvo, no prestó auxilio a la víctima ni dio aviso a las autoridades, lo que derivó en una segunda condena por el delito de huir del lugar del accidente sin detener la marcha, ni dar cuenta a la policía.
Revisa también:

Además del presidio efectivo, Pulido Vela fue sancionada con:
- Inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos
- Inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el cumplimiento de la condena
- Prohibición perpetua para conducir vehículos motorizados
- Multas de 8 y 4 UTM
- Comiso del vehículo involucrado, que era de su propiedad
Ingreso al Registro de Infractores
El tribunal también ordenó el oficio para el ingreso de la condenada al Registro Nacional de Conductores Inhabilitados, administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
El fallo fue dictado de forma unánime por las juezas Fadua Salas Eljatib, Marcela Paredes Olave y Paulina Bossy Chaparro, quienes declararon acreditado, más allá de toda duda razonable, que L.E.P.V es autora de ambos delitos: conducción en estado de ebriedad causando muerte y abandono del lugar del accidente.