Colegio despide a profesora por “no adaptarse” y ahora deberá indemnizarla: este es el millonario pago que recibirá
El tribunal consideró que no constituye una causal válida de despido, ya que no explica en qué consistía dicha adaptación.

Imagen de referencia: Agencia Uno / Leonardo Rubilar
El Juzgado de Letras de Arica resolvió que el despido de una profesora por parte de un establecimiento educacional no se ajustó a derecho, y ordenó al colegio pagar una indemnización por años de servicio junto a un recargo legal del 30%.
La profesora había sido desvinculada bajo la causal de “necesidades de la empresa”. No obstante, el tribunal concluyó que esta justificación fue improcedente, dado que el único motivo invocado en la carta de despido fue que la trabajadora “no se adaptó al Sistema Interno del Establecimiento”.
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El fallo establece que esta expresión carece de claridad y fundamentos suficientes para respaldar la causal invocada. “Desde ya, el solo mérito de esa frase es suficiente para estimar que el despido es efectivamente improcedente”.
El tribunal planteo que “no se sabe y menos se entiende a qué sistema interno del Colegio se refiere la comunicación; tampoco se sabe si la trabajadora debía efectivamente adecuarse a ese sistema interno, si estaba obligada a ello; y no se sabe de qué forma la trabajadora no se adecuó al mismo, y se desconoce cómo debía hacerlo”.
En consecuencia, el establecimiento deberá pagar a la docente $1.177.182 por concepto de indemnización por años de servicio, junto a $1.282.626 correspondientes al 30% de incremento legal.
Durante el juicio, el director del establecimiento declaró como testigo y sostuvo que “se presentaron algunas situaciones de la profesora demandante, tanto con los alumnos como con los apoderados; que se le prestó apoyo, pero no tuvo ningún avance; y agrega que se despidió a la actora, ya que no se adaptó a las condiciones del Colegio, que ella no tuvo cambios para una relación más fluida con los apoderados”.
Pese a esta declaración, el tribunal estimó que las afirmaciones del empleador no fueron suficientes para acreditar una causal legal que justificara la desvinculación.