Corte Suprema rechaza intento de Eduardo de la Iglesia de que se reconozca vínculo laboral con La Red
La decisión del máximo tribunal deja sin efecto la demanda del conductor, quien buscaba que se declarara una relación laboral con el canal tras su salida.

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La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso presentado por el conductor de televisión Eduardo de la Iglesia, quien buscaba que se reconociera la existencia de una relación laboral con el canal La Red, tras su salida del programa “Hola Chile”.
La decisión, adoptada de forma unánime por la Cuarta Sala del máximo tribunal (rol 14.598-2025), confirmó lo resuelto por instancias previas, que desestimaron la demanda del comunicador por nulidad de despido, cobro de prestaciones y declaración de vínculo laboral.

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El fallo ratifica que no se pudo acreditar una relación de subordinación y dependencia entre el conductor y la estación televisiva.
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En el recurso de unificación de jurisprudencia, el periodista intentaba que la Corte Suprema se pronunciara sobre los alcances de los artículos 7 y 8 del Código del Trabajo, respecto a la concurrencia de los elementos propios de una relación laboral. Sin embargo, el máximo tribunal declaró inadmisible el recurso al considerar que no se cumplían los requisitos legales para su admisibilidad.
“De esta forma, no ha podido constatarse un pronunciamiento sustancial que se relacione con la materia de derecho propuesta, por lo que el arbitrio intentado debe ser desestimado en esta etapa procesal”, indica el fallo.
La sentencia también cuestionó la forma en que fueron presentadas las causales de nulidad por parte de la defensa del comunicador, señalando que fueron invocadas de manera contradictoria e incompatible, lo que representó un defecto insalvable en la construcción del recurso.