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Portazo a alcalde Sichel: Contraloría aclara que Ñuñoa no tiene facultad para decretar estado de emergencia comunal

En marzo pasado, el alcalde anunció la implementación de la medida, luego de que un carabinero fuera baleado durante un intento de robo.

Agencia Uno

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La Contraloría General de la República determinó que la Municipalidad de Ñuñoa no tiene las facultades constitucionales para decretar un estado de emergencia comunal, luego de que el alcalde Sebastián Sichel anunciara su implementación.

Fue en marzo pasado cuando un carabinero recibió un disparo al frustrar un intento de robo a una familia. Ante esto, el alcalde jefe comunal anunció la medida en su cuenta de X: “He tomado la decisión de decretar Estado de Emergencia Comunal”.

Sin embargo, un grupo de concejales acudió a la Contraloría para que se pronuncie sobre la legalidad del anuncio. Así, el órgano contralor le dio un portazo a la medida de Sebastián Sichel.

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“Los municipios no tienen competencia...”

En concreto, el dictamen del ente fiscalizador señala que según el artículo 42 de la Constitución, solo el Presidente de la República puede declarar estado de emergencia en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación.

En esa línea, añade que si bien los municipios pueden coordinar medidas de seguridad, “no tienen más atribuciones que las que expresamente les haya conferido el ordenamiento jurídico, por lo que solo pueden hacer aquello que les está expresamente permitido”, según consignó La Tercera.

En otras palabras, en la legislación municipal no hay “una potestad que habilite a las entidades edilicias a declarar estados de emergencia o similares, por lo que, de conformidad con el mencionado principio de juridicidad, los municipios no tienen competencia para efectuar tales declaraciones”.

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