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Tribunal reconoce abusos cometidos por Cristián Campos, pero sobresee causa por prescripción

El juez del 34° Juzgado del Crimen de Santiago determinó que los hechos sí ocurrieron, pero no pueden ser sancionados penalmente por haber transcurrido más de 25 años desde el último episodio.

Tribunal reconoce abusos cometidos por Cristián Campos

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El 34° Juzgado del Crimen de Santiago dictó el sobreseimiento total y definitivo del actor Cristián Campos en una causa por abusos deshonestos, tras confirmar que los hechos denunciados habrían ocurrido entre 1989 y 1995, pero que la acción penal prescribió.

El fallo del juez Edgardo Gutiérrez Basualto identificó tres episodios de connotación sexual contra la víctima, identificada con las iniciales R.D.F., ocurridos cuando tenía entre 11 y 17 años. Las situaciones descritas incluyen actos de carácter sexual realizados sin consentimiento, bajo contextos como masajes supuestamente terapéuticos y contacto físico mientras la víctima dormía.

El magistrado analizó el caso desde 12 dimensiones, incluyendo el entorno familiar, el impacto psicológico, los relatos de la víctima y el contexto relacional con el acusado, estableciendo que los hechos son coherentes y acreditados.

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Sin embargo, según el Código Penal chileno, el delito de abuso deshonesto prescribe a los cinco años desde su comisión. En este caso, el último hecho ocurrió en 1995 y la denuncia fue presentada en marzo de 2024, por lo que el plazo se encuentra “ampliamente vencido”, explicó el juez.

Pese a que la resolución cierra el proceso penal, el fallo indica que el comportamiento descrito afectó gravemente la integridad de la víctima y que los actos tienen valor jurídico y testimonial, aunque no puedan ser sancionados judicialmente debido al tiempo transcurrido.

El sobreseimiento fue decretado de acuerdo al artículo 408 N°5 del Código de Procedimiento Penal, en relación con el artículo 93 N°6 del Código Penal, que permite extinguir la responsabilidad penal por prescripción.

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