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No tendrán multas: estos son los vehículos que no están obligados a cumplir con el grabado de patente en vidrios y espejos en Chile

La ley comenzó a regir a partir de este 15 de mayo.

Agencia Uno

Agencia Uno / Rodrigo Fuica

Desde hoy, jueves 15 de mayo de 2025, entra en vigor la Ley 21.601 en Chile, que exige el grabado obligatorio de la placa patente en los vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados.

Hay que recordar que esta controversial medida busca prevenir el robo y la comercialización ilegal de vehículos y sus partes.

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La ley establece que la patente debe estar grabada de forma permanente en al menos seis vidrios (parabrisas, luneta y vidrios laterales) y en los dos espejos laterales del vehículo.

En el caso de vehículos con menos vidrios o espejos, como motocicletas, la patente debe estar grabada en todos los espejos disponibles.

De igual manera, se estableció que dicho grabado debe realizarse con técnicas específicas, las cuales aseguren su permanencia, como el uso de cuarzo o ácido.

Además, se debe cumplir con especificaciones de tamaño y legibilidad: letras mayúsculas de entre 7 y 10 milímetros de altura en los vidrios, y entre 5 y 10 milímetros en los espejos.

No todos están obligados

Un punto a destacar es que no todos los vehículos están obligados a cumplir con esta normativa. De acuerdo a la información oficial, los siguientes vehículos están exentos:

  • Automóviles de establecimientos comerciales con autorización municipal.
  • Vehículos extranjeros en tránsito temporal que cumplan con los requisitos legales.
  • Vehículos nuevos con peso vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado.
  • Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile destinados a uso policial o militar.
  • Vehículos motorizados antiguos o históricos reconocidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, conservados o restaurados a su condición original, y que tengan cuarenta o más años de antigüedad.

Multas por incumplimiento

Los propietarios de vehículos que no cumplan con esta obligación se exponen a multas que oscilan entre 1 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a aproximadamente $68.648 y $102.972 pesos chilenos.

Estas sanciones pueden ser aplicadas por Carabineros, inspectores fiscales y municipales durante fiscalizaciones en la vía pública.

Además, a partir de esta fecha, el cumplimiento del grabado de patentes será verificado en las revisiones técnicas de los vehículos.

La falta de este requisito podría resultar en la imposibilidad de obtener la revisión técnica al día, lo que a su vez puede derivar en la imposibilidad de circular legalmente y en la aplicación de multas adicionales.

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