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Estos pensionados recibirán un monto extra de dinero en mayo: requisitos y fechas de pago en Chile

Todo se debe a un nuevo beneficio que llegará a más de 1 millón 800 mil personas. Los depósitos ya comenzaron en algunos casos.

Estos pensionados recibirán un monto extra de dinero en mayo: requisitos y fechas de pago en Chile

Si bien a lo largo del año el Estado de Chile reparte distintos beneficios económicos, es durante el mes de mayo cuando entrega un aporte de pago único que sirve para enfrentar los gastos clásicos del período.

Según confirmó hace un par de jornadas el Instituto de Previsión Social (IPS), el Bono de Invierno 2025 llegará a más de 1 millón 800 mil personas pensionadas de 65 años o más.

Con un monto que fue reajustado, y que se sitúa en los $81.257 en la actualidad, todo consiste en una transferencia que llega sin necesidad de hacer ningún tipo de postulación.

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De hecho, los primeros pagos comenzaron el pasado viernes 2 de mayo. “Sabemos que es un beneficio muy bienvenido y esperado, que se ha ido ajustando significativamente en el tiempo”, fue parte de lo que dijo Giorgio Boccardo, ministro del Trabajo, en la presentación del mismo.

Bono de Invierno 2025: De qué depende la fecha de pago y cuáles son los requisitos

Según se define por ley, siempre y cuando se forme parte de la nómina, el Bono de Invierno llega justo en la fecha en que se paga la pensión de este mes de mayo.

¿Y quiénes tienen derecho? Más allá de la edad, que debió cumplirse al 1 de mayo de este año, se debe tener un monto de pensión inferior o igual a $222.475 y formar parte de uno de los siguientes grupos:

  • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS); del Instituto de Seguridad Laboral (ISL); de Dipreca, de Capredena y de las mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • Personas beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
  • Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros siempre que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una Pensión Garantizada Universal o un Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones -sin considerar esa PGU o ese Aporte- sean de un monto inferior o igual a $222.475. También se beneficiarán las personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Personas beneficiarias de pensiones de leyes especiales: Ley N° 19.123 (Rettig), artículo 1° de la Ley N° 19.992 (Valech), artículo séptimo transitorio de la Ley N° 20.405 (pensión para la cónyuge sobreviviente de los beneficiarios de la pensión establecida en el artículo 1° de la Ley N° 19.992), y Ley N° 19.234 (exonerados políticos), siempre que cumplan los demás requisitos legales.

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