Bono Invierno 2025: esta semana inician los pagos de $81 mil y estos son los chilenos que recibirán el dinero
El aporte económico, que reparte el Instituto de Previsión Social (IPS), pide pocos requisitos. Mira acá cómo consultar si te corresponde.

Bono Invierno 2025: esta semana inician los pagos de $81 mil y estos son los chilenos que recibirán el dinero / Rmcarvalho
A partir de este viernes 2 de mayo se comenzará a pagar el Bono de Invierno 2025 en Chile, uno de los beneficios económicos más relevantes que entrega el Estado durante el primer semestre del año.
Según explica Instituto de Previsión Social (IPS) en su sitio web, las personas pensionadas que sean parte de la nómina recibirán $81.257 sin necesidad de hacer ningún trámite, ni postulación.
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De este modo, el monto se paga según la fecha en que llega la pensión correspondiente, siendo uno de los requerimientos tener 65 años o más al 1 de mayo de 2025.
Para conocer directamente si se puede acceder al mismo, existen dos alternativas. En primer lugar, es posible llamar desde ya al 600 440 0040 o asistir presencialmente a una sucursal de ChileAtiende (se puede buscar la más cercana pinchando aquí).
Bono Invierno 2025: lista completa de requisitos para obtener los $81 mil en Chile
Considerando la edad antes mencionada, las personas también deben forma parte de uno de los siguientes grupos:
Pensiones contributivas
- Pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de las mutualidades de empleadores, que perciban un monto igual o inferior a la pensión mínima de vejez ($222.474,62, reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
- Pensionadas de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
Importante: Si recibes más de una pensión contributiva, no tendrás derecho al Bono de Invierno si la suma de ellas excede la pensión mínima ($222.474,62).
Pensión Garantizada Universal (PGU)
- Personas beneficiarias de la PGU que no reciben ninguna otra pensión siempre tendrán derecho al Bono de Invierno, aunque el monto de la PGU supere los $222.474,62.
Pensiones especiales de reparación
- Beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura (Ley Nº 19.123 y artículo 1º de la Ley Nº 19.992).
- Beneficiarias de la Pensión de Viudez de pensionados de reparación fallecidos (artículo séptimo transitorio Ley Nº 20.405).
- Personas con Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos (Ley Nº 19.234).
Nota: Si solo recibes la pensión de reparación, siempre tendrás derecho al Bono de Invierno, aunque el monto de la pensión exceda la mínima ($222.474,62).
Pensiones contributivas con APSV, con PGU o con pensión especial de reparación
- Beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo monto de pensión sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez ($222.474,62, reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
- Pensionadas de algún régimen previsional que, además, reciban la PGU, siempre que el monto sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez ($222.474,62, reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
Importante: Si recibes más de una pensión contributiva junto con la PGU, APSV o pensión de reparación, tendrás derecho al Bono de Invierno solo si la suma de las pensiones contributivas, excluyendo el monto del APSV, PGU o pensión de reparación, no excede la pensión mínima de $222.474,62.