;

Si eres un chileno pensionado podrías recibir $81 mil en mayo y así se consulta con RUT

El beneficio que entrega el Estado, y que aumentó su monto debido a un reajuste, no necesita postulación.

Si eres un chileno pensionado podrías recibir $81 mil en mayo y así se consulta con RUT

Si eres un chileno pensionado podrías recibir $81 mil en mayo y así se consulta con RUT / Andrzej Rostek

Durante este año el Instituto de Previsión Social (IPS) reparte distintos beneficios monetarios y no todos requieren postulación. Precisamente este es el caso del Bono de Invierno 2025 en Chile, uno de los apoyos económicos que despierta mayor interés por esta parte del semestre.

Así, si en la versión de 2024 entregó $77.982, ahora aquellas personas que cumplan los requisitos obtendrán un depósito de $81.257 tras un nuevo reajuste.

Revisa también:

ADN

En ese sentido, hay que considerar que el pago único se entrega si se tiene 65 años o más y se cumplen otros requerimientos excluyentes que están establecidos por la ley.

El monto del bono lo obtendrás junto con tu pensión correspondiente a mayo de 2025. No es tributable ni imponible, ni está sujeto a descuentos”, explica el IPS en su sitio web.

Bono Invierno 2025: cómo consultar con RUT la fecha de pago en Chile

Para conocer el modo de pago y la fecha definida para lo mismo, las personas pueden consultar llamando al teléfono 600 440 0040 o directamente en una de las sucursales presenciales de ChileAtiende con cédula de identidad.

“Si consideras que cumples los requisitos y no te pagaron el bono junto con tu pensión de mayo, contacta a tu entidad pagadora e ingresa una solicitud para que analicen tu caso”, explica la web de ChileAtiende.

Estos son los requisitos para recibir el pago del Bono Invierno en mayo de 2025

Para recibir el dinero, se debe estar en uno de los grupos mencionados a continuación:

Personas con pensiones contributivas

  • Pensionados del IPS, ISL, Capredena, Dipreca o mutualidades con un pago igual o inferior a $222.474 y 75 años o más.
  • Pensionados de AFP que reciben una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
  • Si percibes más de una pensión contributiva y la suma supera $222.474 no recibirás el bono.

Personas beneficiarios de PGU

  • Titulares de la PGU sin otra pensión en algún régimen previsional.
  • Si solo recibes la PGU, recibirás el bono, incluso si el monto supera los $214.296.

Personas con pensiones especiales de reparación

  • Beneficiarios de pensiones por reparación (Leyes Nº 19.123, Nº 19.992 y Nº 19.234).
  • Viudez de pensionados de reparación (Ley Nº 20.405).
  • Si solo recibes esta pensión, recibirás el bono, sin importar si supera $212.296.

Personas con pensiones contributivas con APSV, PGU o reparación

  • Pensionados con APSV cuya pensión sea igual o inferior a $222.474.
  • Pensionados con PGU que cumplan el mismo requisito.

¿Y en qué casos no se puede cobrar el bono? Existen situaciones como:

  • Más de una pensión: Si recibes varias pensiones (incluyendo el seguro social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y pensiones de gracia), no tendrás derecho al Bono de Invierno, a menos que la suma de esas pensiones sea igual o menor a una pensión mínima de vejez ($222.474,62) para personas de 75 años o más.
  • Subsidio de Discapacidad: si eres beneficiario del Subsidio de Discapacidad no corresponde, ya que este beneficio está destinado a personas menores de 18 años, según la Ley Nº 20.255.
  • Indemnización del Carbón: Aquellos que reciban Indemnización del Carbón según la Ley Nº 19.129 no podrán acceder, ni siquiera si suman menos del tope definido por otras pensiones.

Contenido patrocinado

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen vivo

ADN Radio
En vivo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

URL copiada al portapapeles

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad