A 15 años de 27F: Corte de Apelaciones ordena indemnizar a familiares de víctimas del tsunami en Juan Fernández
El tsunami de 2010 fue provocado por un terremoto de magnitud 8.8, generando olas de hasta 20 metros de altura que devastaron la isla.

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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo que ordena al Estado indemnizar a los familiares de las víctimas del tsunami que azotó la isla Robinson Crusoe, en el archipiélago de Juan Fernández, el 27 de febrero de 2010.
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En una decisión unánime, la Cuarta Sala del tribunal ratificó que el Estado deberá pagar un total de $145.000.000 por concepto de daño moral a tres personas que perdieron a sus familiares en el desastre.
La indemnización se distribuye de la siguiente manera: $60.000.000 para Pablo Lorca Fajardo, $60.000.000 para Ivanka Brito Schiller y $25.000.000 para Franccesca Figueroa Green.
La resolución sostiene que hubo “falta de servicio” por parte del Estado, ya que los organismos responsables, en particular la ONEMI y el SHOA, no emitieron la alerta de tsunami a tiempo, lo que impidió que los habitantes de la isla pudieran evacuar y salvar sus vidas.
El fallo confirma la sentencia del 30° Juzgado Civil de Santiago de abril de 2022, que estableció que la inacción de las instituciones encargadas de emergencias contribuyó a la tragedia. Sin embargo, la Corte revocó la condena en costas impuesta al Consejo de Defensa del Estado, liberándolo de esa obligación.
El caso
El tsunami de 2010 fue provocado por un terremoto de magnitud 8.8, generando olas de hasta 20 metros de altura que devastaron la isla.
La investigación determinó que, pese a que el SHOA emitió una alerta inicial, esta no fue comunicada a la población de Juan Fernández, lo que resultó en la muerte de varias personas.