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VIDEO. Director del Trabajo responde a la polémica de Karol Lucero: “El trabajo debe ser remunerado”

En conversación con Ciudadano ADN, Pablo Zenteno explicó la normativa vigente y desmintió la justificación del exanimador sobre la falta de pago a sus colaboradores.

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Director del Trabajo responde a la polémica de Karol Lucero: “El trabajo debe ser remunerado”

Director del Trabajo responde a la polémica de Karol Lucero: “El trabajo debe ser remunerado”

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La reciente controversia en torno a Karol Lucero y las denuncias de colaboradores de Like Media por falta de pago encendió el debate sobre la precarización laboral en Chile.

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En respuesta, el director nacional de la Dirección del Trabajo, Pablo Zenteno, aclaró la normativa vigente y enfatizó que “el trabajo debe ser remunerado”.

“Desde 1931, Chile cuenta con un Código del Trabajo que define claramente cuándo una prestación de servicios debe ser remunerada. El contrato individual de trabajo está regulado en el artículo 7 del código, estableciendo derechos y obligaciones recíprocas entre el trabajador y el empleador”, afirmó la autoridad laboral en entrevista con Ciudadano ADN.

ADN

Pablo Zenteno, Director Nacional de la Dirección del Trabajo

“Toda prestación de servicios...”

Lucero, quien enfrenta acusaciones de no pagar a sus colaboradores, justificó su postura alegando que Like Media “no genera dinero” y que la participación de sus colaboradores es “voluntaria”. Al respecto, Zenteno precisó que “toda prestación de servicios en un contexto de subordinación y dependencia debe ser remunerada, independientemente de si la empresa genera ingresos o no”.

El director también desmintió la afirmación de Lucero sobre haber trabajado “seis meses gratis” antes de ser contratado en un programa de televisión. “En nuestra legislación no existe el contrato a prueba sin remuneración. Si una persona presta servicios siguiendo instrucciones, con una jornada establecida y bajo dependencia, esa relación laboral debe ser remunerada”, sostuvo.

Respecto a las pasantías y prácticas profesionales, Zenteno explicó que “si bien estas no siempre implican una relación laboral, hay derechos garantizados, como seguridad y salud ocupacional. Pero cuando se trata de una relación laboral encubierta, debe regularizarse”.

El uso de cámaras de seguridad y derechos de los trabajadores

Otro aspecto cuestionado en la polémica ha sido la instalación de cámaras de vigilancia en Like Media. Según denuncias, los trabajadores eran monitoreados, incluso en sus conversaciones. “Las medidas de seguridad deben respetar el derecho a la privacidad y la honra de los trabajadores. No pueden vulnerar sus derechos fundamentales”, señaló Zenteno.

Finalmente, el director del Trabajo llamó a los trabajadores que sientan que sus derechos han sido vulnerados a realizar denuncias en la Dirección del Trabajo, donde pueden recibir apoyo y asesoría legal.

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