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Corte Interamericana sanciona a Chile por la muerte de diez adolescentes en un incendio en centro del Sename

El fallo establece que el Estado no previno la tragedia ni garantizó condiciones adecuadas en los centros del SENAME.

Corte Interamericana sanciona a Chile por la muerte de diez adolescentes en un incendio en centro del Sename

Corte Interamericana sanciona a Chile por la muerte de diez adolescentes en un incendio en centro del Sename / Oscar Guerra

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este martes al Estado de Chile por las malas condiciones de detención de adolescentes en centros del Servicio Nacional de Menores (SENAME) y por la muerte de diez jóvenes en un incendio ocurrido en el Centro “Tiempo de Crecer” de Puerto Montt en 2007.

El tribunal determinó que Chile no tomó las medidas necesarias para prevenir la tragedia ni actuó con diligencia para enfrentar el incendio, lo que constituye una vulneración a los derechos a la vida, integridad personal y niñez de los adolescentes detenidos.

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“El Estado, pese a la posición particular de especial garante que detentaba respecto a la población privada de libertad en el Centro ‘Tiempo de Crecer’ de Puerto Montt, no tomó las medidas necesarias para prevenir el incendio del 21 de octubre de 2007, ni tampoco actuó con la diligencia debida frente al desarrollo del incidente”, concluyó la CorteIDH en su sentencia.

Un sistema en crisis: vulneraciones en centros del SENAME

Además del incendio en Puerto Montt, la CorteIDH responsabilizó a Chile por las precarias condiciones de privación de libertad en las que permanecieron 271 adolescentes alojados entre 2006 y 2009 en los centros de internación provisoria y régimen cerrado Lihuén, Antuhué, San Bernardo y “Tiempo de Crecer”, todos bajo la administración del SENAME.

Entre las violaciones de derechos humanos señaladas en estos centros, el fallo menciona:

  • Hacinamiento y falta de infraestructura adecuada.
  • Malas condiciones higiénicas.
  • Falta de segregación por edad y situación procesal.
  • Uso de celdas de castigo o aislamiento.
  • Deficiencias en los programas educativos.

La CorteIDH recordó que los sistemas de responsabilidad penal adolescente deben ser especiales y distintos de los que rigen para adultos, priorizando medidas socioeducativas en lugar de enfoques estrictamente punitivos.

“Los menores de edad se encuentran en una situación particular de vulnerabilidad, por lo que el Estado debe adoptar medidas especiales y garantizar sus derechos con mayor cuidado y responsabilidad”, subrayaron los jueces del tribunal.

Medidas ordenadas al Estado chileno

En su sentencia, la CorteIDH exigió a Chile adoptar acciones concretas para mejorar las condiciones en los centros de detención de adolescentes, incluyendo:

  1. Continuar implementando mejoras en los centros de privación de libertad para jóvenes en conflicto con la ley.
  2. Informar sobre la creación de la Comisión de Verdad, Justicia y Reparación para casos de violencia institucional en el SENAME.
  3. Incorporar estándares de derechos humanos en los programas de formación continua de los actores que intervienen en el sistema de responsabilidad penal adolescente.
  4. Pago de indemnizaciones a las víctimas por daño inmaterial.

Chile reconoce parcialmente su responsabilidad

Durante el proceso, el Estado chileno aceptó parcialmente su responsabilidad en el caso y reconoció algunas fallas en la protección de los jóvenes detenidos.

El fallo de la CorteIDH reafirma la necesidad de reformas estructurales en el sistema de justicia juvenil en Chile, un tema que ha sido objeto de debate y críticas por décadas debido a las graves deficiencias en la protección de los derechos de los adolescentes privados de libertad.

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