Reforma de pensiones en Chile: estos son los plazos de implementación y todos sus beneficios
A seis meses de la publicación de la ley comenzará el primer pago por tramo de edad.
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Hace unos días se aprobó y despachó la nueva reforma de pensiones. Ahora, deberá sortear la revisión en el Tribunal Constitucional. Se estima que el proceso debería finalizar en marzo.
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Tras ello, se podrá promulgar y publicar en el Diario Oficial. Así, activará un cronograma gradual para la implementación de sus beneficios.
Reforma de pensiones en Chile: estos son los plazos de implementación y todos sus beneficios
- Pensión Garantizada Universal (PGU)
A seis meses de la publicación de la ley comenzará el primer pago por tramo de edad. El aumento llegará a $250.000, según grupo etario.
El primer grupo de beneficiarios (personas de 82 años o más) recibirá el alza al sexto mes de la publicación de la ley. Asimismo, beneficiarios de leyes reparatorias (Rettig, Valech y exonerados políticos) mayores de 82 años, que actualmente reciben PGU parcial, pasarán a recibir la PGU completa.
De igual manera, se incrementarán los beneficios de invalidez y subsidios de discapacidad mental.
- Seguro Social: compensaciones y beneficios
La reforma incluye dos nuevos beneficios para los pensionados. La primera, es un bono por años cotizados; la segunda, compensación por expectativa de vida.
Ambos comenzarán a pagarse 9 meses después de publicada la ley. En cuanto a la compensación por expectativa de vida, este se entregará al momento que la mujer se pensione por vejez, invalidez total o al cumplir 65 años.
Para mejorar las pensiones actuales, las personas recibirán, desde el mes 10, la garantía en su pensión de 0,1 UF por año cotizado, con un tope máximo de 2,5 UF.
- “Premio y castigo” y carteras de referencia
Se establecerán premios y castigos para las AFP, en función de la rentabilidad de los fondos previsionales.
Esto quiere decir que, si el rendimiento del fondo ha tenido buenos resultados en los últimos 36 meses respecto de lo acordado, la AFP tendrá derecho a una retribución adicional.
En cambio, si el rendimiento de los fondos en los 36 meses ha sido negativo, la AFP no recibirá ningún pago extra.
Por otra parte, si el rendimiento del fondo es inferior al nivel acordado, la AFP deberá aportar dinero al fondo de pensiones. Sin embargo, el dinero que tiene que aportar no puede ser más del 15% de las comisiones promedio cobradas por todas las administradoras.
- Licitación del stock de afiliados desde el mes 29
Otro de los ajustes de la reforma es el stock de afiliados. El proceso de licitación que llevará a cabo la Superintendencia y estará acompañado de un consejo asesor.
Cada dos años, el 10% de los afiliados serán “licitados”, es decir, se les dará la oportunidad de cambiarse a otra AFP si lo desean. La administradora que gane la licitación será la que ofrezca la comisión más baja.
La Superintendencia hará el llamado a licitación a más tardar 29 meses después de la publicación de la ley.
La primera adjudicación, es decir, la elección de la administradora ganadora, se hará al día 33 después de la publicación de la ley.
La entidad ganadora de la licitación deberá mantener la comisión que ofrece por cinco años, es decir, no podrá aumentarla durante ese tiempo.
Se trabajará en la implementación de una plataforma web para comunicar los detalles a los afiliados y que estos puedan tomar su decisión.