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Segunda vuelta gobernadores: quiénes serán multados tras las elecciones en Chile y cuál es el monto

Sin embargo, existen diversas acciones que permiten presentar excusas por incumplir alguna de estas obligaciones.

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Segunda vuelta gobernadores: quiénes serán multados tras las elecciones en Chile y cuál es el monto

Segunda vuelta gobernadores: quiénes serán multados tras las elecciones en Chile y cuál es el monto / Ignacio johnson

Este domingo 24 de noviembre se llevó a cabo la segunda vuelta de gobernadores en once regiones de Chile. La jornada se realiza bajo el régimen de voto obligatorio, establecido para garantizar una mayor participación ciudadana en este proceso electoral.

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Según la normativa vigente, reformada en el marco de las elecciones generales de octubre, estableció sanciones económicas para quienes no concurran a votar y para quienes no realicen su labor de vocal de mesa.

Sin embargo, existen diversas acciones que permiten presentar excusas para no cumplir con algunas de las obligaciones mencionadas.

¿Cuál es la multa por no votar o por incumplir el rol de vocal de mesa?

Según esta regulación, la multa por incumplimiento de no ir a votar es de 0,5 UTM, equivalentes a aproximadamente $33.000, destinados a beneficio municipal.

Mientras que para los vocales de mesa, las sanciones son más severas en caso de incumplimiento sin justificación. La normativa estípula multas que oscilan entre 2 y 8 UTM, lo que se traduce en montos de aproximadamente $133.122 a $532.488.

¿Cómo presentar excusas para no votar o por no cumplir como vocal de mesa?

Respecto al voto, las únicas excusas válidas para no participar en esta segunda vuelta son:

  • Enfermedad.
  • Estar fuera del territorio chileno o en una localidad ubicada a más de 200 kilómetros del lugar de votación.
  • Impedimentos graves, siempre que estén respaldados por la documentación correspondiente.

El Servel recordó que quienes no voten podrían recibir una citación para justificar su ausencia. Los documentos presentados serán evaluados por un juez, quien determinará la validez de la excusa según su criterio.

Mientras que para los vocales, en situaciones excepcionales, se permite presentar justificaciones ante el Servicio Electoral (Servel), siempre que estas sean debidamente acreditadas.

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