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¿Quieres cambiar de compañía y no perder tu número? Este será el tiempo mínimo exigido tras ajuste en la portabilidad numérica en Chile

La modificación se producirá a partir del 3 de febrero del próximo 2025. Revisa acá todos los detalles.

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Cuando se tiene un teléfono celular es común que, por uno u otro motivo, algunas personas tomen la decisión de cambiar de compañía, pero manteniendo su número original, a esto se le conoce como portabilidad numérica.

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En ese sentido, hace algunas jornadas atrás se dieron a conocer las modificaciones a las normativas que rigen la portabilidad numérica en Chile.

Sobre dichos cambios, se refirió el ex subsecretario de Telecomunicaciones del segundo mandato presidencial de Michelle Bachelet, el abogado Pedro Huichalaf.

¿Quieres cambiar de compañía y no perder tu número? Estos son los cambios de la portabilidad numérica en Chile

Entre los principales cambios en la portabilidad numérica en Chile, está la incorporación de un Código de Activación de la Portabilidad (CAP) para los usuarios postpago, que antes solamente existía en prepago. Esto implicará que recibirán un código de seguridad para validar su portabilidad.

“La incorporación del Código de Activación de la Portabilidad para postpago (...) mejora la seguridad del proceso y evita portaciones indeseadas”, señaló el ex subsecretario en su blog.

A su vez, la empresa receptora será la responsable de verificar la identidad del usuario a partir de diversos documentos de identidad. Esto último, para evitar casos de SIM swapping (delincuentes se apoderan de las líneas telefónicas, acceden a los mensajes de textos y realizan estafas).

Aumenta la permanencia mínima en una compañía

Otra de las modificaciones que se realizaron a la portabilidad numérica, es el aumento de la permanencia mínima en una compañía de 60 (dos meses) a 120 días (4 meses). Dicho cambio se producirá a partir del 3 de febrero del 2025.

Por otro lado, para evitar posibles situaciones de abusos de portabilidad numérica, se redefinió la cuenta “al día”. De tal manera, ahora los usuarios deberán pagar la última boleta, incorporando los saldos pendientes, previo a ejercer la portabilidad numérica.

“La novedad del cambio es que se exige boletas o comprobante de pago de todo saldo pendiente, aunque no esté vencido, para autorizar la portabilidad. Si hay dineros pendientes del cliente, no se permite concluir la portabilidad. Es una garantía, por tanto, para las empresas”, sostuvo Pedro Huichalaf.

Otra de las aristas que contempla el nuevo reglamento, es la anulación de la portabilidad en caso de que se detecte un proceso sin el consentimiento del titular. Además, está la eliminación de las zonas primarias en que se dividía el territorio nacional y el concepto de “larga distancia nacional”.

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