Corte IDH condena a Chile por reducir penas en crímenes de lesa humanidad y ordenó revisar la legislación
La Corte Suprema chilena, entre 2007 y 2010, redujo las condenas a los responsables de ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada a personas durante la dictadura militar.
Santiago
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha condenado al Estado chileno por la aplicación de la media prescripción en casos de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar.
Entre 2007 y 2010, la Corte Suprema de Chile aplicó esta figura legal en varios procesos, lo que resultó en la reducción de penas para los responsables de delitos como la desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales.
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El fallo afecta a los casos de 44 detenidos desaparecidos y cinco ejecutados políticos, incluidos el periodista José Carrasco Tapia, el profesor Gastón Vidaurrázaga, el publicista Abraham Muskatblit y el técnico Felipe Rivera.
La media prescripción, establecida en el artículo 103 del Código Penal chileno, permitió reducir las condenas cuando el tiempo de prescripción había transcurrido a la mitad, ignorando el carácter permanente de crímenes como la desaparición forzada.
Esto provocó la disminución de penas para los responsables, quienes además accedieron a beneficios como la remisión condicional de la pena y la libertad vigilada, evitando en muchos casos su encarcelamiento.
El emblemático caso de José Carrasco Tapia
Uno de los casos más emblemáticos es el del periodista José Carrasco Tapia, quien fue secuestrado por agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) la noche del 7 de septiembre de 1986, junto con otras tres personas: el profesor Gastón Vidaurrázaga, el publicista Abraham Muskatblit y el técnico Felipe Rivera.
Los cuatro fueron ejecutados y sus cuerpos aparecieron acribillados en distintos puntos de Santiago al día siguiente. En 2009, la Corte Suprema redujo las condenas de los agentes responsables, como el jefe operativo de la CNI, Álvaro Corbalán, cuya pena se redujo de 18 a 12 años, y los exoficiales Iván Quiroz y Jorge Vargas, cuyas penas bajaron de 13 a 7 años.
La resolución del CIDH
La Corte IDH declaró que estas reducciones de penas violaron los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Además, el tribunal ordenó a Chile revisar las condenas afectadas por la media prescripción y modificar su legislación para que esta figura no sea aplicable a crímenes de lesa humanidad.
También se dispuso brindar apoyo psicológico a las víctimas, realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y pagar indemnizaciones por daños materiales e inmateriales.
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