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Presidente de Conadecus explica cuanto debería ser el monto de la compensación por cada día sin electricidad

Además, Hernán Calderón explicó los diferentes procedimientos legales que se están llevando a cabo con las demandas y sus opciones.

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Hernán Calderón

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Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), conversó con La Prueba de ADN para profundizar sobre todo lo que rodea al corte de luz en diversos sectores del país.

Tras el paso del sistema frontal, aún son miles los clientes que siguen sin suministro eléctrico, siendo un gran problema que genera varios inconvenientes, por lo que se está trabajando en los procesos correspondiente para ir en búsqueda de soluciones por la vía legal.

Respecto a las demandas y procesos sobre la mesa, el invitado comenzó explicando que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) “inició un procedimiento voluntario colectivo, una especie de mediación”

Asimismo, aclaró que “las acciones individuales no están suspendidas. Lo que está suspendido es lo colectivo”, haciendo énfasis en que “un consumidor individual puede ir al juzgado de policía local”.

ADN
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De todas formas, hizo hincapié en que los organismos de consumidores y diferentes organizaciones similares se ven inhabilitados de presentar sus acciones por ahora. Esto, “mientras en el Sernac esté abierto el procedimiento voluntario colectivo”.

Por otra parte, Calderón recordó que en ocasiones anteriores, con un escenario similar, “sí hubo una compensación para los consumidores que superó incluso lo establecido por la ley”.

Sin dudas esto deja un elevado nivel de esperanza de cómo puedan avanzar las cosas de aquí en adelante, aunque todavía queda esperar el camino que se tomará en definitiva.

Lo contemplado por la ley

El representante de Conadecus mencionó que para estos casos, hay bastante claridad en cuanto a la compensación dentro de la ley, consignando un estándar a cumplir como base.

“La ley establece un estándar mínimo, que con cuatro horas de corte se considera un día completo; y el día completo se tiene que compensar por 10 veces. Ese es el estándar que fija la ley del consumidor”.

A modo de ejemplificación, en términos prácticos, el especialista indicó que (a modo de base) “una persona $10.000 por cada día de corte”, aunque todo tendrá que verse con el pasar de los días y el proceso.

Compensación por todo tipo de daño

Pero además de lo económico, hay muchas otras formas en que las personas se vieron afectadas, ya sea con la pérdida de alimentos, medicinas e incluso un daño moral que también se considera.

“Esos daños se tienen que demandar en el juzgado policía local. Son demandas individuales donde tengo que probar, acompañar las pruebas”, precisó el experto, mencionando que también “se considera daño moral” y se trabaja en torno a “todo lo que es compensación y restitución”.

Por otra parte, enfatizó que “las demandas colectivas o el procedimiento voluntario colectivo representa a todas las personas afectadas por el mismo hecho. En consecuencia, están todas las personas representadas (...) todos los clientes de Enel afectados”.

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