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Este es el grupo de chilenos que no recibirá el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024

El apoyo económico que se repartirá durante el mes de septiembre se otorga sin ningún tipo de postulación de por medio. Revisa acá todos los detalles.

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Este es el grupo de chilenos que no recibirá el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024

Este es el grupo de chilenos que no recibirá el pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 / Leonardo Silveira

Con el mes de julio llegando a su fin, cada vez queda menos para que chilenos y chilenas celebren una de las festividades preferidas del año: las fiestas patrias 2024.

Y es que este año, aparte de tener la particularidad de ser XXL por la gran cantidad de jornadas feriadas que habrá, para la celebración también se otorgará el tan esperado Aguinaldo de Fiestas Patrias.

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En concreto, el apoyo económico que se repartirá en el mes de septiembre se entrega sin ningún tipo de postulación de por medio, ya que se otorga de forma automática a quienes cumplen con los requisitos solicitados.

Para esta nueva versión del tradicional aporte, ya se definió cuál será el monto reajustado por ley, el cual puede aumentar dependiendo de la cantidad de cargas familiares acreditadas a la fecha determinada.

Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024: ¿Quiénes reciben el beneficio y cuál es el monto?

Tal y como ha sucedido en sus versiones anteriores, el Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024 está dirigido a los trabajadores del sector público y también a los pensionados de Chile. Sobre este último grupo, el Instituto de Previsión Social (IPS) será quien otorgará el beneficio.

De acuerdo a la ley 21.647, el monto del beneficio corresponde a $24.261 y aumenta en $12.446 por cada una de las cargas familiares en el caso de los pensionados.

En tanto, los trabajadores del sector público recibirían $85.093 siempre y cuando tengan un sueldo líquido igual o inferior a $984.282. De tal forma, aquellos que superen el monto antes mencionado recibirán $59.071.

¿Quiénes no reciben el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Según establece la norma 21.647 en su artículo número 19, sólo tendrán acceso al beneficio aquellos trabajadores y trabajadoras públicos “cuyas remuneraciones brutas de carácter permanente, en los meses que en cada caso corresponda, sean iguales o inferiores a $3.259.429, excluidas las bonificaciones, asignaciones o bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional”.

De tal forma, aquellos trabajadores que no cumplan con los requisitos antes expuestos, no tendrán acceso al beneficio en cuestión.

¿Y que sucederá con los trabajadores del sector privado? En dicho caso será el empleador el encargado de definir si se entrega o no el Aguinaldo de Fiestas Patrias, ya que no es una obligación legal.

En esa línea, este último grupo podría exigir el beneficio solamente en caso de que el aguinaldo para dicha época esté contemplado en el contrato de trabajo que firmó o en caso de existir un convenio colectivo al respecto.

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