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Reglamento de alcoholes: así será el nuevo etiquetado de las bebidas alcohólicas

Esta norma establece ciertas limitaciones a la publicidad de bebidas alcohólicas, así como la obligación de incorporar advertencias sobre consumo nocivo.

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Reglamento de alcoholes: así será el nuevo etiquetado de las bebidas alcohólicas

Reglamento de alcoholes: así será el nuevo etiquetado de las bebidas alcohólicas / SimpleImages

La ley N° 21.363, publicada el 6 de agosto de 2021, establece normas en materia de comercialización, etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas. Además, introduce modificaciones a la ley que trata sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas

Esta norma establece ciertas limitaciones a la publicidad de bebidas alcohólicas, así como la obligación de incorporar advertencias sobre consumo nocivo en el envase de este tipo de productos. Revisa aquí todos los detalles de cómo será el nuevo etiquetado.

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El reglamento fue elaborado en conjunto e interministerialmente, liderado por el Ministerio del Interior y al Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), y con la participación de los ministerios de Salud y Agricultura, entre otros.

Cabe mencionar que la iniciativa fue publicada en el Diario Oficial el 7 de julio de 2023, en el cual se establece, en resumen, lo siguiente respecto a la nueva rotulación y publicidad de bebidas alcohólicas:

Obliga a las bebidas alcohólicas a:

  1. Rotular las Calorías.
  2. Prohíbe publicidad dirigida a menores de edad.
  3. Prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas entre 06:00 a 22:00 horas en TV.
  4. Prohíbe publicidad de bebidas alcohólicas en la radio entre 16:00 a 18:00 horas.
  5. Rotular advertencias sanitarias, respecto al consumo de alcohol y su relación con embarazo, conducción, y menores de 18 años.
  6. Incorporar en la publicidad las advertencias sanitarias en toda publicidad difundida a través de medios de comunicación escrita, o carteles o avisos publicitarios de todo tipo, sean ellos físicos o virtuales, publicidad audiovisual y avisos radiales.

Desde su entrada en vigencia, la rotulación y las advertencias (incluida su publicación en la publicidad) entrarán en vigor el 07 de julio de 2024. Mientras que las restricciones en la publicidad, entrará en vigor el 07 de julio de 2026.

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