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40 horas: cómo funcionará la primera reducción de la jornada laboral en Chile y qué es lo que no podrá hacer el empleador

Quedan pocos días para el ajuste en el tiempo que se pasa en el trabajo. Esta semana la autoridad aclaró una de las dudas más importantes sobre su funcionamiento.

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40 horas: cómo funcionará la primera reducción de la jornada laboral en Chile y qué es lo que no podrá hacer el empleador

40 horas: cómo funcionará la primera reducción de la jornada laboral en Chile y qué es lo que no podrá hacer el empleador / Matias Delacroix

En pocos días más, el 26 de abril, se aplicará el primer cambio de la ley de 40 horas que plantea la reducción de la jornada laboral en Chile.

En simple, se deberá bajar el tiempo ordinario desde las 45 horas actuales a 44 a la semana. Todo como un plan gradual que durará cinco años en total.

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Siendo así, recién en el año 2028 se haría efectiva baja completa e incluso la posibilidad de solo asistir durante cuatro jornadas a ejercer para descansar tres.

Claro que en la previa al ajuste han surgido algunas dudas entre las personas regidas por el Código del Trabajo e incluso la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) denunció que ciertos empleadores no tendrían intenciones de respetar la normativa.

Ante eso el ministerio del Trabajo entregó una serie de respuestas que esclarecen a qué se debería estar atento una vez que llegue la fecha.

40 horas: así funcionará el cambio de reducción en el tiempo laboral

Según un nuevo dictamen de la autoridad, los empleadores no podrán descontar minutos de cada uno de los días que se trabaje.

Esto último se indicó luego de que se encendieran las alertas por empresas que quitaban doce minutos al final de la jornada o derechamente sumaban la misma cantidad a la hora de almuerzo, haciendo que sus trabajadores se fueran a la misma hora de siempre.

“El empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal”, plantea el texto.

Ahora bien, si las labores involucran seis días -de lunes a sábado-, el contratante tendrá que bajar en 50 minutos un día y en 10 minutos otro.

Por otro lado, los ajustes deberán ser pactados de común acuerdo entre las partes o a través del correspondiente sindicato en representación del grupo. Así, la baja puede ser al inicio o al término de cada fecha.

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