En qué casos las bicicletas pueden transitar por la vereda sin arriesgarse a una multa en Chile
La ley establece obligaciones para los conductores de ciclos, pero también posee cierta flexibilidad para pedalear fuera de las vías especiales para estos.
![Agencia Uno](https://www.adnradio.cl/resizer/v2/6XIDJTXOJJB7VCL3LTV2BQP2GY.jpg?auth=fe22b902d32985c44d0a0e3ae599d3a802be9504fbb6291e2b2794c4f6d33692&width=768&height=576&quality=70&smart=true)
Agencia Uno / Hans Scott
Circular por la vereda en bicicleta es una situación que se puede ver habitualmente en las calles de Chile.
Y aunque este tipo de vehículos deberían transitar principalmente por la ciclovía correspondiente, por distintos motivos algunos derechamente optan por compartir el espacio destinado a los peatones.
Revisa también:
![ADN](https://www.adnradio.cl/resizer/v2/https%3A%2F%2Fcloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com%2Fprisachile%2FCVDUUP6QW5AM7CONYOX42ID7WU.jpg?auth=46d1efa34caf9a86f8b63b73bcb860827ddb8e34c19d2ddb9eff97b80966197a&width=650&height=366&quality=70&smart=true)
Claro que aquella última tendencia también implica arriesgarse a multas que van entre las 0,2 y 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) o lo que es lo mismo: entre $13 mil y $32 mil aproximadamente según el valor del mes de abril.
Ahora bien, pese a que las reglas son claras para los conductores de ciclos en zonas urbanas, a la hora de hablar de la acera existe cierta flexibilidad.
Esto dice la legislación sobre los ciclistas que suben a las veredas
La ley de tránsito del país establece que de no poder pedalear por las vías destinadas a las bicicletas, las personas tienen que hacerlo por la calzada y, si se cumplen ciertas condiciones, se podrá excepcionalmente por la acera.
Los escenarios de este último punto son cuando:
- Se trate de personas menores de 14 años o adultos mayores.
- Sean personas que circulen con niños menores de 7 años.
- Sean personas con alguna discapacidad o movilidad reducida.
- Las condiciones climáticas impidan moverse por la ciclovía e incluso por la calzada.
“En el caso de que la circulación por la ciclovía o la calzada se vea imposibilitada, el conductor del ciclo podrá utilizar excepcionalmente la acera”, explica el texto legislativo sobre el último punto.
Eso sí, también puntualiza que hay que hacerlo: “respetando siempre la prioridad del peatón y los vehículos que ingresen a las edificaciones o emerjan de estas”.
Siendo así, el desplazamiento tiene que hacerse sí o sí a la velocidad de las personas que caminan por ese espacio y alejado de las construcciones y cierres. Es más, si el flujo peatonal es demasiado alto hay que bajar obligatoriamente de la bicicleta.
Se trata de obligaciones a tener en cuenta y que se suman a otras como usar casco protector, no entrar a autopistas y evitar transportar carga que impida el uso de las dos manos en el manubrio.
Revisa el detalle de la legislación aquí.