Experto profundizó sobre la Ley Karin contra acoso laboral: “Viene a poner desafíos principalmente culturales”
Desde PwC Chile destacaron el enfoque y las principales consecuencias que contempla esta normativa próxima a entrar en vigencia.
Gabriel Halpern
12:04
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En un nuevo episodio de Tu Nuevo ADN, Andrea Obaid conversó con Gabriel Halpern, senior manager de servicios laborales de PwC Chile, sobre la próxima implementación de la Ley Karin sobre el abuso y acoso laboral.
La norma tiene como objetivo investigar, sancionar y sobre todo prevenir este tipo de prácticas que afectan a los trabajadores, tanto en el ámbito privado como en las empresas públicas. Además, se considera todo el contexto de la víctima que puede desencadenar en diversas consecuencias de salud mental.
“El mundo de las relaciones laborales en general ha ido evolucionando. Pasamos de un Estado en el que las organizaciones no se hacían mayormente cargo de este asunto (...) ahora, en 2024, se está haciendo este nuevo avance que viene a poner desafíos, especialmente culturales”, aseguró.
Respecto a la forma en que se ven denigradas las personas que sufren este tipo de casos, indicó que “los efectos tienen repercusiones en salud mental y física”. Asimismo, hizo hincapié en aquellas ocasiones en el que las víctimas no se atreven a denunciar por distintos factores.
Bajo este contexto, el especialista enfatizó que el principal enfoque que presenta la nueva ley “tiene que ver con un cambio cultural, o -es- uno de los que vale la pena resaltar”, planteando la idea de no llegar a niveles más graves gracias a una alerta y prevención oportuna.
Respecto a la implementación de la Ley Karin, detalló que fue promulgada el 5 de enero y se espera que su publicación en el diario oficial sea dentro un par de semanas con entrada en vigencia definitiva (diferida) en julio.
El protocolo
Halpern explicó que, hasta la fecha de entrada en vigencia, “los empleadores tienen el deber de actualizar sus reglamentos internos e implementar protocolos para prevenir, investigar y sancionar. Además, la Ley dispone que se tiene que informar, a lo menos semestralmente, los canales de denuncia”.
Conforme al desarrollo del caso, será la misma empresa la que inicie una investigación interna. Y, en caso de que alguien obstruya una investigación, “sería un ilícito” que también “sería reprochable y se puede acudir a la Inspección del Trabajo”.
De esta manera, el representante de PwC Chile sostiene que “se pone tanto énfasis y es tanto el que se le hace al rol de prevención, investigación y de implementación del nuevo protocolo, que hay un cambio cultural en la perspectiva del empleador. Ahora, desentenderse de este asunto va a ser muy difícil y reprochable a todo nivel”.
Más detalles de la Ley
Entre las interrogantes que surgen a raíz de este tipo de iniciativas está el saber si se puede denunciar de forma retroactiva, a lo cual el experto aseguró que sí se puede.
“No hay un plazo de caducidad para presentar este tipo de denuncias”, complementó, aunque haciendo hincapié en que “no es conveniente dejar pasar el tiempo”.
Esto último es apelando netamente en términos de evidencias y declaraciones; “los testimonios comienzan a olvidarse”, ejemplificó. Así, resulta fundamental actuar de forma oportuna conforme a las pruebas concretas. De igual forma, se hace la distinción con entendimiento correspondiente a quienes no denuncian por miedo o inseguridades.
“Una investigación bien hecha tiene que basarse en evidencias, que a veces son difíciles de recopilar. El rol de juez en todo eso tiene que dar garantías de que todos van a ser escuchados y las evidencias de todos van a ser igualmente analizadas. No porque se denuncia a alguien significa que va a ser culpable”, precisó.
Las consecuencias
Son varias las sanciones a las que se enfrentan los culpables de acoso y/o abuso laboral denunciados bajo el alero de la Ley Karin, desde lo monetario hasta efectos directamente del trabajo.
Gabriel Halpern expresó que “si la investigación da cuenta de que existió algún tipo de acoso sexual, laboral, violencia, discriminación arbitraria, o lo que sea -dentro del marco-, el empleador está obligado a implementar sanciones contra los victimarios”.
Por otra parte, según se den los avances de la investigación interna, la acreditación de la Inspección del Trabajo y tribunales, una vez se establezcan culpables y víctimas, “no contempla reparaciones monetarias para las víctimas, contempla sanciones para las personas victimarias”.
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